Catamarca
Jueves 24 de Abril de 2025
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 (Información Local)
Ante la inminencia del Congreso Internacional Pissis para el mundo

Nuevos Requisitos para Guías de Montaña

La Dirección de Fiscalización, Calidad y Competitividad, dependiente de la Secretaría de Turismo de la Provincia de Catamarca, informa que se incorporaron nuevos requisitos para Prestadores de Servicios Turísticos – Guías de Montaña. Las actualizaciones al Registro de Prestadores, en este tipo de servicios, serán remitidas a Gendarmería Nacional que opera en la provincia, y que se encuentran colaborando en la organización del 1° Congreso Internacional de Montaña y Ascensión al Pissis.

Por lo tanto, todos aquellos prestadores Guías de Montaña, que se encuentran registrados hasta fecha 27 de Septiembre, deberán actualizar sus registros. Esto bajo la penalidad de incurrir en observancia y ser dados de baja en el Registro de Prestadores que obra en esta Dirección. Esto en función de continuar inscriptos, en esta Dirección, según la Ley Provincial de Turismo N° 4913 – Dcto. Reglamentario N° 1090/01 (Art. 10°).

Los Prestadores inscriptos que deberán actualizar sus registros son:
Brandan, Pedro Marcelo – Garcia, Carlos Humberto – Perea, Luis Alberto –
Bracali, Dario Alejandro – Heer, Guillermo – Sosa, Luis Marcelo –
Jais, Pablo Esteban – Carrizo, Victor Eduardo – Tolaba, Mercedes –
Carrizo, Cesar Luis.

Los requisitos que se solicitan son estar inscriptos en el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos y contar con las credenciales que le son otorgadas, las que deben exhibirse en forma permanente cuando se presta el servicio.

Solicitud de Incripción provista por la D.P.F.C.y C. Curriculum que acredite su experiencia en la actividad. Datos personales. Actividades a desempeñar. Localización de la actividad. Caracteristicas del servicio que presta, equipamiento o medios que posee para su desempeño. Constancia de Inscripción en monotributo. Seguro de Cobertura de actividad de mediano y alto riesgo, las que se realizan en ambientes irregulares, difíciles, aisladas o alturas superiores a los 4500 mts snm, que requieren preparación psicofisica y/o una especial adaptación organica. En caso de uso de vehículos, inscripción en el Registro de Transporte Turístico.

La prestación de servicios al TURISTA sin la debida habilitación en ilegal y en caso de incumplimiento corresponderán las sanciones de Apercibimiento o inhabilitaciones temporarias o definitivas.
Para más información, acercarse al Centro de Información Turística, en República 446.


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