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Lunes 09 de Junio de 2025
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Warnes: AFIP clausuró dos locales de venta de autopartes y repuestos usados

Los comercios involucrados no se inscribieron en el Registro de Comercializadores de Bienes Usados no Registrables

Consecuentemente no informaron las mercaderías y las operaciones de compraventa

Además evidenciaron un cumplimiento irregular de sus obligaciones fiscales.

Previamente tenían suspendida la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT).

Otros cuatro locales en infracción no abrieron sus persianas.
(DIARIOC, 17/04/2013) La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) clausuró 2 locales de venta de autopartes y repuestos usados en la avenida Warnes que no estaban inscriptos en el Registro de Comercializadores de Bienes Usados no Registrables. En tanto, otros cuatro locales en infracción no abrieron sus persianas.

El Registro de Comercializadores de Bienes Usados no Registrables fue establecido por la AFIP mediante la Resolución General N° 3411 en diciembre del año pasado y se aplica, entre otras actividades, a la comercialización de autopartes y repuestos usados para automotores

Mediante tareas de investigación se seleccionaron contribuyentes que no habían cumplido con la obligación de inscribirse hasta el 11 de marzo pasado en el registro y que evidenciaron un cumplimiento irregular de sus obligaciones fiscales. Por ello se suspendió preventivamente la inscripción ante la AFIP.

Durante el operativo se constató que 2 locales seguían abiertos al público trabajando normalmente a pesar de registrar su CUIT inhabilitada, por lo que se los clausuró preventivamente y se notificó al Juzgado Penal Económico de turno.

Por otro lado, 4 comercios incluidos en la investigación habían bajado sus persianas hasta tanto regularicen su situación fiscal.

Las medidas adoptadas pretenden que los contribuyentes operen en un marco de transparencia tributaria y además a desalentar el comercio de autopartes y repuestos usados de dudosa procedencia.

Cabe recordar que la actividad fiscalizada como así también aquellos que se dediquen a la venta de equipos usados de telefonía móvil, joyas y piedras preciosas, entre otras, además de inscribirse en el Registro de Comercializadores de Bienes Usados no Registrables, deben informar mensualmente las existencias de mercaderías y cada 10 días las operaciones de compra venta, permitiendo a la AFIP el control en tiempo real de la operatoria comercial y la trazabilidad de los bienes involucrados.

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