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Jueves 24 de Abril de 2025
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Ya rigen los aumentos de hasta el 93% en luz y gas por la rebaja de subsidios

Desde ayer, domingo 1 de agosto, rige la reducción parcial de subsidios en gas y electricidad a los sectores de mayor consumo. Como consecuencia, entró en vigencia un nuevo cuadro tarifario que significará aumentos que van del 23% al 93% .
(DIARIOC, 02/08/2010) Tal como anticipó Clarín la semana pasada, estos reajustes surgen de compararlos con las tarifas vigentes en el bimestre junio-julio. Pero los valores son más bajos que los que se cobraban hasta mayo último. Además, en octubre próximo, la eliminación de los subsidios será total y los precios del gas y la luz quedarán equiparados con los que había en mayo.

En el caso de la electricidad, la quita progresiva de subsidios alcanza a los hogares que consumen más de 1000 kW/hora por bimestre, que son el 10 por ciento del total. En caso del gas, el aumento pega de lleno en los consumos superiores a 1500 metros cúbicos anuales , que representan el 15 por ciento del total.

La medida había sido confirmada por el Ministerio de Planificación a través de un comunicado oficial que, sin embargo, evitó cuantificar el impacto sobre las facturas de gas y luz. Pero según las estimaciones de los expertos iría de un piso de 23% a un techo de 93 por ciento.

Ante la confirmación oficial, varias asociaciones de defensa de los consumidores cuestionaron la medida . El presidente de la Asociación de Defensa de Usuarios y Consumidores, Osvaldo Bassano, advirtió que “existen medidas cautelares que suspendieron los aumentos de tarifas” de los suministros de electricidad y “pueden hacer un reclamo para que no se les cargue el 100 por ciento del aumento”, señaló.

La existencia de medidas cautelares contra los aumentos también fue el argumento que esgrimió el representante de Consumidores Libres, Héctor Polino. Precisó que por decisión judicial “las empresas distribuidoras de gas natural deberán continuar facturando de acuerdo con los cuadros tarifarios vigentes anteriores al dictado del Decreto 2067/08 y las empresas prestadoras no podrán suspender, interrumpir o cortar el servicio público de gas”.

“Además con fecha 6 de julio del corriente año, la Cámara de Apelaciones rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el Poder Ejecutivo Nacional y el ENARGAS. En consecuencia, dicha medida cautelar quedó firme y de cumplimiento obligatorio”, remarcó.

El viernes, el ministro Julio De Vido calificó de “altísima irresponsabilidad” las sugerencias de algunas entidades de consumidores de no pagar los aumentos en las facturas de luz y de gas del bimestre agosto-setiembre.

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