Catamarca
Jueves 24 de Abril de 2025
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 (Información Local)

Vales: sanciones a comercios

En pos de las denuncias formuladas por los beneficiarios de Vales de Compra Pro-Familia y receptadas en Secreatría de Desarrollo Social, respecto de una serie de incumplimientos al marco legal que rige el sistema, se reiteró que se estableció una serie de modificaciones a la Resolución SDS 5405.
Las mismas se fundamentan en irregularidades registradas durante la primera entrega de los tickets sociales y en el hecho de que el máximo incumplimiento de las normas básicas provino desde algunas firmas mayoristas adheridas al programa. Dichas irregularidades incluyó la venta directa a consumidor final en supermercados y bocas de expendio al público de distribuidoras, sobreprecios en la venta a pequeños minoristas, la negativa a recibir Vales como pago de compra o la cotización de los mismos por debajo de su valor nominal.
Teniendo en cuenta que dicho proceder generó como consecuencia la imposibilidad registrada en algunos comercios en el sentido de la renovación de stock y la desconfianza respecto de la viabilidad del sistema.
La normativa incluye, tanto para mayoristas como minoristas, la obligatoriedad de estar inscriptos en la Administración General de Rentas como contribuyente local o bien registrar inscripción en el Convenio Multilateral.
En tal sentido se establece que el incumplimiento de las obligaciones los hará pasible de sanciones. De tal modo, para los comerciantes minoristas las sanciones correspondientes podrán consistir en Apercibimiento, Suspensión o Baja del Programa, dependiendo de la gravedad de la infracción y de la reincidencia. En el caso de la violación de la normativa por parte de comerciantes mayoristas se dispondrá, sin más, la Baja del Programa.

Comercios Mayoristas

La Resolución establece para los comercios mayoristas la obligatoriedad de:
-Aceptar los Vales presentados por los comercios minoristas adheridos, exclusivamente para la adquisición de mercadería que compone la Canasta Pro-Familia.
-No efectuar ventas directas al público con Vales de Compra Pro-Familia.
-Tomar los Vales al 100% de su valor nominal, es decir sin ningún tipo de descuento o quita sobre los mismos.
-Presentar periódicamente detalle de los productos de la Canasta ofertados, indicando marca, unidad de medida, cantidad, precio, etc.

Minoristas

A su vez, el comercio minorista estará obligado a:
-Canjear los Vales sólo por productos incluídos en la Canasta Básica de Alimentos previamente establecida o sus eventuales modificaciones.
-Tomar los Vales al 100% de su valor nominal.
-aplicar a las operaciones efectuadas mediante el Vale pro-Familia idénticos precios al público y ofertas y/o descuentos que los fijados para pagos de contado efectivo.
-Exhibir un autoadhesivo identificatorio de su Adhesión al Programa en un lugar visible del comercio. También se deberá exhibir el listado de productos que componen la Canasta Pro-Familia, con sus precios máximos de venta al beneficiario.
-Exigir al portador del Vale Pro-Familia al momento de la compra, la presentación del DNI, el cual deberá coincidir con la identidad del titular de dicho vale.

A su vez, tanto para mayoristas como para pequeños comercios se establece la obligatoriedad de:
-Asistir a los encuentros de comerciantes, que serán organizados periódicamente con el objetivo de proveer nuevas prácticas y respuestas a las diferentes problemáticas planteadas en la implementación del Programa.
-Prestar la máxima colaboración para la realización de actividades de asistencia técnica a los fines de lograr el adecuado cumplimiento de los objetivos del Programa.
-Denunciar cualquier anomalía que detecte o cualquier intento de uso indebido del Vale a la Dirección Provincial de Comercio-Asistir a los encuentros de comerciantes.
IMPORTANTE:
Al mismo tiempo les hacemos conocer que en relación a las denuncias realizadas por los comercios minoristas ante la Dirección de Políticas de Promoción Socio Alimentaria, se procedió a concurrir al Supermercado Mayorista XTRA O la Casa del Vino (en Avenida Alem) donde tanto la Dirección de Comercio como la Secretaría redactaron el Acta correspondiente haciendo alusión a que este local mayorista vendía directamente a beneficiarios del Vale.
Dándole un plazo de 5 días hábiles a este para realizar por escrito el descargo a favor de ofrecer pruebas que hacen a su derecho.
A partir de ese momento, de acuerdo a la resolución que se establezca se procederá a tomar las medidas que correspondan.
Desde ya gracias por su difusión
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