Catamarca
Jueves 24 de Abril de 2025
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 (Información Local)

Únicos Transportes Turísticos habilitados

La Secretaria de Estado de Turismo de Catamarca a través de la Dirección de Fiscalización Calidad y Competitividad comunica el listado de prestadores del servicio de “Transporte Turístico” que se encuentran habilitados en la provincia, en cumplimiento con las disposiciones de los arts.23 y 24 de la ley 4906, como así también del art. 50 del Decreto N° 2032, reglamentario de la Ley 4906, a saber:
(DIARIOC, 24/02/2011)
* Cordillera, Volcanes y Puna: Antofagasta de la Sierra, Tel. 03835-463726 Responsable: Rafael Alamo
* Chaku Aventuras: Belén, General Paz N° 413, Tel. 03835 -15527413 Responsable: Mauricio Pagani
* López Transporte Turístico: Capital, B° Los Ceibos casa N° 213, 15522506- 434535 Responsable: Raul Eduardo Lopez
* Tinogasta Aventura: Tinogasta, Mariano Moreno N° 413, 03837-421056 – 15524901 Responsable: Antonio Roger

Así mismo se recuerda que la inscripción en el registro de prestadores de Servicios Turísticos creado por Ley 5267, como así también la inscripción en la modalidad de “Transporte Turístico” que lleva adelante esta Dirección es sin costo alguno para los prestadores y, el encontrarse inscripto, permite que los datos del prestador sean promocionados en la página oficial de la Secretaria de Turismo de la Provincia e integrar los listados que se ofrecen al turista que en forma diaria concurren al Centro de Informes y formar parte del material promocional de la provincia.

Por ultimo se informa que es aplicable a las  contrataciones turísticas la Ley de Defensa del Consumidor, que prescribe una responsabilidad del tipo “solidaria” de toda la cadena de comercialización, lo cual, aplicado a la actividad turística, debe entenderse que, en caso que se tercerizare el servicio de transporte turístico, ante cualquier inconveniente el contratante puede elegir por demandar a cualquiera dentro de dicha cadena. Por lo tanto y dado que las agencias de viajes deben tener, por ley, un domicilio estable, lo que sería más factible el inicio de acciones legales de resarcimiento tanto por el incumplimiento, como por los daños sufridos, en contra de la Agencia de Viajes, la cual tendrá un gran obstáculo a la hora de demostrar su total diligencia para con el turista, dado que contrató, a los fines de brindar un servicio, a un prestador no habilitado para tal fin.

Por lo expuesto, y a los fines de dar seguridad jurídica tanto a los turistas como a las agencias, es que se recomienda no contratar o utilizar transportes turísticos que no cuenten con la correspondiente habilitación por parte de la Secretaria de Turismo y Dirección de Transporte de la Provincia.

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