Catamarca
Jueves 24 de Abril de 2025
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Desarrollo Social

Soluciones habitacionales para familias sin recursos

El Programa “Mejora Habitacional Individual”, que incluye obras de infraestructura y mejoramiento de vivienda, fue aprobado recientemente por la Secretaría de Estado de Desarrollo Social de la Provincia. El mismo se destina a dar solución a grupos familiares que sufren altos índices de Necesidades Básicas Insatisfechas.

De acuerdo lo dispuso la titular de la Cartera Social, Marta Torres de Mansilla, a través de este Programa podrá financiarse “parte o la totalidad de mano de obra, insumos o materiales necesarios para la ejecución de los proyectos” Los mismos deberán circunscribirse a obras tales como conexión domiciliaria a las redes de servicios públicos, entre ellos agua potable, electricidad, gas y cloacas; erradicación de letrinas, ampliación y mejoramiento de viviendas, como también provisión de iluminación domiciliaria alternativa con energía no convencional, es decir eólica y solar entre otras.

Será la Dirección Provincial de Infraestructura Social la unidad ejecutora del Programa que, a través de Políticas Sociales Comunitarias, estará facultada para dictar “las normas reglamentarias, complementarias y aclaratorias, a los fines de la ejecución” de esta medida. También el área de mención estará encargada de iniciar los expedientes y confeccionar el respectivo legajo de aquellas personas que resulten beneficiarias. “El espíritu del Programa es dar soluciones individuales a aquellas personas u hogares con alto índice de NBI que demanden distintos tipos de soluciones”, dijo al respecto el arquitecto Darío Marcel Díaz, titular de la Dirección de Infraestructura Social, al referir a la importancia que reviste la medida.

También el funcionario explicó las diferencias que existen entre la novel medida y el Programa In.Fra.Bas. En este sentido apuntó que el Programa de Infraestructura Básica Social apunta a dar soluciones a necesidades tales como aperturas de caminos, comunicaciones, turísticos, tecno productivos y saneamiento de títulos. Se trata de “una solución grupal donde una simple asociación se reúne para solicitar respuestas en virtud de una serie de necesidades y, luego de realizarse el trámite respectivo se aprueba; mientras que el Programa Individual apunta más a necesidades individuales de las familias, donde las soluciones están directamente relacionadas a mejoras de viviendas”

Cabe señalar que, al igual que en el resto de los Programas aprobados recientemente por la Secretaría, los datos del grupo familiar asistido serán incorporados al Padrón Unico de Beneficiarios de Políticas Sociales. Es necesario señalar también que de acuerdo lo dispone el artículo 4º del Programa “el legajo de beneficiarios deberá constar de planos y cómputos métricos respectivos avalado por responsable técnico matriculado, evaluación de viabilidad financiera, dos presupuestos de la obra o materiales a financiar, copia del convenio de ejecución de obra, informe técnico de viabilidad de la obra refrendado por profesionales del área y de organismos públicos y privados pertinentes, en casos en que se requiera.
Díaz también comentó que “en este programa estarán marcadas una serie de prioridades surgidas en virtud de catástrofes causadas por accidentes, daños climáticos como sismos, inundaciones o aludes que puedan dañar la vivienda” Remarcó además que “no podemos obviar cuestiones que tienen que ver con las condiciones de salud para pacientes transplantados, al igual que aquellos que revisten diferentes diagnósticos que atestiguan estados delicados de salud, como lo son pacientes transplantados o a transplantar, o con enfermedades crónicas u otros diagnósticos que requieren ciertas condiciones de habitabilidad o de servicios domiciliarios”

El Programa dispone también que el expediente deberá ser acompañado por información estadística, diagnósticos, estudios de factibilidad y avales, entre otros requisitos que la autoridad de aplicación considere de interés para la concreción de la obra. Al mismo tiempo, un Asistente Social de la Secretaría elevará un informe socio-económico que certifique que el solicitante y su grupo familiar viven en situación de indigencia.

Para los habitantes del interior provincial, este requisito podrá ser refrendado por Agente Sanitario o responsable del área social del Municipio correspondiente.
Cabe señalar que el gasto que demande el cumplimiento de este programa será imputado a la partida “Transferencia a Personas”, de la Secretaría de Desarrollo Social.

Entre otros objetivos, el programa pretende encarar obras de mejora habitacional y de infraestructura de servicios a los efectos de mejorar la calidad de vida de las familias que padecen altos niveles de necesidades básicas insatisfechas. En este sentido, entre los considerandos del Programa se destaca que “la familia, como núcleo social básico, merece el abrigo material de una vivienda digna”


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