Catamarca
Jueves 24 de Abril de 2025
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 (Información Local)

Se crea el Programa "Estimulo a la Educación Superior"

Mediante Resolución SDS Nº 0797, días pasados la titular de la Cartera Social, Marta Torres de Mansilla, dispuso la creación del Programa “Estimulo a la Educación Superior”, cuyos beneficiarios directos a jóvenes egresados del Nivel Polimodal.
Para ser encuadrados entre los alcances de la disposición, durante los dos últimos años los mismos deberán certificar domicilio real en el interior de la provincia, acreditar situación de emergencia económica de su grupo familiar y la necesidad de radicarse en Capital, en función de las distancias que los separan de la Universidad o de las instituciones Terciarias donde pretenden realizar sus estudios.

La medida la obedece a una de las tantas prioridades establecidas por la Secretaría de Desarrollo Social, en virtud de la problemática de orden económico y de carácter psicoafectivo, que genera en las familias de escasos recursos del interior provincial la necesidad de traslado a la ciudad Capital de jóvenes que se disponen a iniciar y/o continuar estudios superiores. La disposición alcanza tanto a estudiantes de la Universidad Nacional de Catamarca, cuanto de Instituciones Provinciales de Nivel Terciario, en carreras o especialidades que no se dictan en los IES departamentales.

Con el objeto de disminuir la incidencia en el presupuesto familiar en virtud de gastos de alquiler de vivienda o albergue estudiantil, con esta medida se prevé asistir a los estudiantes mediante la provisión de ayuda de carácter alimentario y habitacional. En este caso, y según lo dispone el artículo Nº 5 de la Resolución“el plazo y el monto mensual de la ayuda económica por alquiler no podrán exceder el monto de $ 150 y el plazo de 10 meses, comprendidos entre Marzo y Diciembre”.

Una vez establecida la pertinencia del otorgamiento del subsidio para el alquiler, está previsto que un Trabajador Social dependiente de la Dirección de Familia y Redes Sociales, realice una visita de carácter técnico a los efectos de considerar el inmueble (casa, habitación, departamento, pensión o albergue) que el estudiante o su grupo de compañeros beneficiarios del Programa, habitan o pretenden habitar.  En este sentido, una vez aprobada la factibilidad de la ayuda económica“el beneficiario y el locador suscribirán ante la Dirección de Familia y Redes Sociales un Acta modelo”, que forma parte de la Resolución de marras. En tanto, el gasto que demande la aplicación de este programa se imputará a la partida“Ayuda Social a personas”, de la Secretaría de Desarrollo Social.

Procedimiento

Teniendo en cuenta que los datos obtenidos, tanto del beneficiario como de su grupo familiar se incluirán en el Padrón Unico de Beneficiarios, la Dirección de Familia y Redes Sociales, a cargo de María Leonor Acuña, iniciará el expediente confeccionando el legajo del beneficiario.

En el mismo constarán los Datos del Estudiante es decir Nombre, Apellido, D.N.I, Domicilio, Certificado Analítico del Nivel Polimodal. A ello se sumarán los Datos del Grupo Familiar, en el que se consignarán Nombre, Apellido, DNI, domicilio y parentesco de los miembros del grupo conviviente, más informe socio económico certificado por el profesional actuante o por el titular del área social del Municipio al que pertenece el postulante.

En el expediente se consignarán las Responsabilidades del Estudiante, en tal caso quienes inician carrera deberán presentar certificado de inscripción; mientras que aquellos estudiantes que se encuentran en curso deberán acreditar del anterior año académico: cuatro materias aprobadas con un promedio general de 6 puntos como mínimo, inscripción de materias para el presente año y constancia de alumno regular, en caso de que el beneficio sea solicitado en el transcurso del año.

El artículo 6º del instrumento legal, dispone también que los estudiantes deberán presentar acreditación trimestral de su condición de alumno regular de materias anuales y constancia de aprobación de materias cuatrimestrales, mediante presentación de Libreta Universitaria o equivalente.

Cabe consignar que el expediente se iniciará con la Solicitud del Beneficio. En este caso la presentación del postulante deberá canalizarse a través del Municipio respectivo, institución que tendrá la responsabilidad de realizar la evaluación socio-económica del grupo familiar al que pertenece el joven estudiante. Asimismo está establecido que“en caso de que el estudiante no acredite el cumplimiento de sus responsabilidades será dado de baja”

Fundamentos

Entre los Considerandos que acompañan a la propuesta, la Resolución firmada por Torres de Mansilla señala entre otros aspectos“que es Política de Estado de este Gobierno Provincial el promover desde todos sus ámbitos, la Educación en todos sus niveles sentando con ello y en orden a una real igualdad de oportunidades, bases sólidas que nos permitan avanzar hacia un desarrollo armónico y equitativo de las distintas regiones y su geste” Señala también que una de las prioridades de gestión gira en torno de brindar a los  jóvenes“espacios y oportunidades desde las cuales puedan efectivizar su potencial”, al tiempo que considera a las competencias académicas obtenidas en el Nivel Universitario y/o Superior, como“una herramienta invalorable en este proceso”y condición indispensable para el logro del Desarrollo Humano.

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