Médicos prestadores: La atención de un paciente no titular/hijo o adherente de la OSEP constituye una IRREGULARIDAD. Asimismo, se podrá proceder a la SUSPENSIÓN DEL PRESTADOR por un plazo de hasta 30 días.
16-12-2013 20:36
(Información Local)
Rige la prohibición del préstamo de carnetLa Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) recuerda a los señores afiliados y médicos que está prohibido el préstamo del carnet, como así también la atención a pacientes que no posean nuestra cobertura de salud.
Médicos prestadores: La atención de un paciente no titular/hijo o adherente de la OSEP constituye una IRREGULARIDAD. Asimismo, se podrá proceder a la SUSPENSIÓN DEL PRESTADOR por un plazo de hasta 30 días.
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