(DIARIOC, 12/09/2012) Es de público conocimiento que uno de los problemas que aquejan a nuestra Ciudad son los accidentes de tránsito, los cuales contabilizan un número alarmante de víctimas fatales en todos estos años. Y es por ello que se hace primordial la prevención de estas situaciones para salvaguardar la vida de los niños, por lo que advertimos la necesidad de la construcción de los mencionados reductores de velocidad especialmente en las escuelas Nº 127 “San José Obrero” y Nº 601 “Hogar Escuela Fray Mamerto Esquiú”.
Cabe aclarar que si bien el proyecto originario solicita el cumplimiento de la Ordenanza Nº 3900/05, con posterioridad a su sanción se dictó la Ordenanza Nº 5284/11 en la que específicamente se dispone los establecimientos escolares en los que deben ser colocados los reductores de velocidad.
La normativa mencionada en primer lugar dispone en su artículo 5º la colocación de reductores en las esquinas de las bocacalles de los establecimientos educacionales en general.