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Lunes 28 de Abril de 2025
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 (Información Local)

Pretenden prohibir la venta libre de anteojos

Se trata de un proyecto de Ordenanza que tomó estado parlamentario en la última sesión ordinaria del Concejo Deliberante de la Capital. Y que tiene como fin prohibir la venta y comercialización de anteojos protectores, correctores y/o filtrantes en farmacias, puestos ambulantes y negocios de rubros generales en la ciudad.
(DIARIOC, 15/08/2011)Con dicha iniciativa se busca “garantizar a los habitantes de San Fernando del Valle de Catamarca (la venta de) anteojos legítimos de todo tipo y todo elemento que tenga como fin interponerse en el campo visual para corregir sus vicios, dispensados al público únicamente en las casas ópticas, previamente habilitados”.

El proyecto se sustenta también manifestando que se ha observado en la ciudad, en farmacias, negocios de distintos rubros y sobre todo en puestos ambulantes, “la venta indiscriminada de anteojos” que, conforme a la legislación, deberían ser adquiridos bajo prescripción médica oftalmológica, y expendidos únicamente en casas ópticas y por profesionales.

“Estos lentes comprados en canales de venta ilegales y que en materia de precios son mucho más accesibles que aquellos que se adquieren en ópticas, pueden perjudicar de forma extraordinaria la visión; con diversas afecciones como queratoconjuntivitis, queratitis y cataratas”, destacó la presentación.

Y para finalizar indicó que, según profesionales de la salud, la utilización de lentes pregraduados o de sol que se venden de manera ilegal, provocan daños como dolores de cabeza, irritación ocular y trastornos en la visión.

Difusión
La propuesta también demanda que el Ejecutivo municipal realice campañas de difusión sobre los efectos adversos que causa el uso de anteojos no autorizados por profesionales.

Sanciones

Una vez aprobada dicha propuesta, en análisis por parte de la Comisión de Salud, Educación, Cultura, Deporte y Turismo, las transgresiones serán sancionadas con multas equivalentes a:

a)      De 100 a 300 litros de nafta, por la primera falta.
b)      De 301 a 500 litros de nafta, en caso de reincidencia
c)      De 500 a mil litros de nafta, en caso de segunda reincidencia.

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