"La causal de adulterio se encuentra suficientemente probada a partir de las declaraciones del propio actor y los restantes medios probatorios, los que en conjunto ilustran acerca de su relación extramatrimonial iniciada luego de algunos años de la ruptura matrimonial", dice la sentencia. Aclararon que el criterio es aplicable con plazos razonables: hubo un caso en el que la pareja estaba separada desde hacía 25 años, y se consideró que no había adulterio por la nueva relación de uno de los cónyuges.
Además de adúltero, la Cámara consideró que había "abandono del hogar", otra causa para atribuirle la culpa del divorcio. Esta "culpa" hoy se discute. Para Haydée Birgin, abogada de familia, "hablar de culpabilidad en una pareja separada es una antigüedad. Hay jurisprudencia que sostiene que la responsabilidad es de ambas partes. De hecho hay una corriente moderna que entiende que no existe culpabilidad, pero legalmente la Cámara tiene razón".