Beneficios para jubilados y empleados del sector público
Asimismo, la OPAP recuerda que se están recibiendo consultas en torno a la Asignación Complementaria, 82% móvil, creada por Decreto del Gobierno de la Provincia para todos los jubilados y pensionados del sector público provincial, que obtuvieron su beneficio con posterioridad al 31 de julio de 1995, y los empleados públicos provinciales próximos a jubilarse. Con esta medida, el total del universo de jubilados y pensionados del sector Publico Provincial percibirá el 82% móvil sean estos anteriores a la transferencia o beneficios otorgados con posterioridad. Asimismo, resolverá el problema de las Pensiones originadas en beneficios previsionales provenientes de la ley 4094 que no estaba contemplada en el alcance de la Ley 5192 y disminuirá la diferencia que existe entre lo que percibe un empleado en actividad y lo que percibe luego de obtener el beneficio previsional.
Requisitos
Los interesados deben concurrir con:
- Último recibo de cobro del beneficio previsional percibido
- Resolución de otorgamiento del beneficio
- Copia del instrumento de baja por jubilación.
Las consultas pueden realizarse en:
Centro de Atención Previsional: República 393
Atención telefónica: 0800-888-6727 y líneas rotativas
Atención vía Internet: www.opap-jubilados.Catamarca.gov.ar