Esta medida tiene su antecedente en el decreto 300 de 1997, que alcanzaba únicamente a los trabajadores autónomos. Desde ahora, la AFIP notifica fehacientemente a cada monotributista de su presentación.
Con esta presentación, el titular en caso de enfermedad o muerte queda cubierto y podrá acceder al beneficio que corresponda, ya sea un Retiro por Invalidez o una pensión para su familia, sin ninguna dificultad.