Catamarca
Domingo 27 de Julio de 2025
Buscar:
 (Información Local)

La Municipalidad habilitará a partir del 20 de Noviembre, la inscripción para la venta autorizada de pirotecnia

La Municipalidad de la Capital, a través de la Secretaria de Protección Ciudadana informa que a partir del día 20 noviembre, comienza la inscripción para la autorización temporal sobre la comercialización de productos pirotécnicos, en el ámbito del ejido municipal tal lo establecen las normas vigentes.
(DIARIOC, 15/11/2013)

El Dr. Guillermo Matterson manifestó, que con los fines de ejercer el control de manera eficaz y en forma coordinada con la Brigada de Explosivos de la Policía de la Provincia y de la Dirección de Obras Particulares de la Municipalidad de la Capital, se recepcionarán las solicitudes de inscripción con antelación, debido a la gran demanda de aquellos que ejercen el expendio del material pirotécnico.

Los interesados deberán presentar el requerimiento en Mesa General de entradas de la Dirección General de Policía Municipal ubicada en calle Caseros esq. Prado, debiendo incorporar a la solicitud de aprobación previa expedida por la Brigada de Explosivos de la Policía de la Provincia, dijo.

El funcionario municipal manifestó, que está terminantemente prohibido vender todo artículo de pirotecnia que no esté autorizado por la Dirección del Registro Nacional de Armas (RENAR) como así también la venta ambulante o exposición de los artículos en vía pública. La venta de mercadería no autorizada o realizadas en locales no habilitados prevé el decomiso y destrucción de los artículos secuestrados.

La pirotecnia legal debe llevar la leyenda "Autorizado por el RENAR", o en su defecto "Autorizado por la DGFM" (Dirección General de Fabricaciones Militares) y tener la inscripción del número de registro que corresponde y datos del fabricante o importador de los artificios.

El local de venta deberá exhibir como mínimo dos (2) carteles con las siguientes frases¨ “PROHIBIDO FUMAR” y “PROHIBIDO LA VENTA A MENORES DE 16 AÑOS”.
Por otro lado dijo que aquellos lugares y/o locales que no reúnan las condiciones exigidas en las Ordenanza N° 2683/93 – 2689/93 y 3911/05, serán según lo establece la misma, “CLAUSURADOS Y SECUESTRADOS O DECOMISADOS TODOS LOS ARTICULOS DE PIROTECNIA”, cualquiera sea su procedencia, el cual el Juzgado de Faltas Municipal decidirá el futuro de la misma, finalizó.

(Se ha leido 174 veces.)

Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente https://www.diarioc.com.ar

Compartir en Facebook

Más Noticias:

16-07-2025 Avanza la implementación del código QR en farmacias: gobierno presenta plan de fiscalización nacional
07-07-2025 Estudiantes de la UNCA y del Instituto Superior Técnico Industrial | Estudiantes realizaron una visita técnica a empresa de construcción modular bioclimática
10-06-2025 Del 11 al 13 de junio, | El camión Larti Innova de Lartirigoyen visitará San Fernando del Valle de Catamarca
01-06-2025 Comerciantes celebran el fin del aporte obligatorio a INACAP tras 17 años
12-05-2025 ARCAT prorrogó el Pago Anual 2025 hasta el 30 de mayo y amplía beneficios para contribuyentes
08-05-2025 La Armada Argentina abre la inscripción para ingresar en 2026
16-04-2025 Ahora será más fácil saber si un profesional de la salud está inhabilitado
07-04-2025 JUAN JOSÉ PÉREZ, FLAMANTE PRESIDENTE | Nuevas autoridades en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas
18-03-2025 Chaco reduce y elimina impuestos para impulsar el desarrollo económico
18-02-2025 Comenzó la auditoría de Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral
Sitemap | Cartas al Director | Turismo Catamarca | Contacto | Tel. (03833) 15 697034 | /www.diarioc.com.ar 2002-2025