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Lunes 28 de Abril de 2025
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Kioscos riojanos siguen vendiendo medicamentos

Un relevamiento efectuado constató la falta de acatamieto de los kioscos capitalinos a la ordenanza que prohibe la venta de medicamentos de cualquier tipo en kioscos, a pesar de que se cumplió el plazo de 30 días anunciado por el Colegio de Farmaceuticos y organismos oficiales, para que los comercientes se “deshagan” de los mismos.
(DIARIOC, 04/04/2010) En noviembre de 2009 el Senado convirtió en ley el proyecto que establece que la compra de los remedios de venta libre y cualquier medicamento, tendrá lugar exclusivamente en las farmacias. Luego la medida, tuvo adhesiones tanto en la Cámara de Diputados como en el Concejo Deliberante de la Capital.

La ordenanza capitalina que prohibe la venta de remedios en kioscos y minimarket. Desde noviembre se vienen realizando diferentes acciones a fin de frenar la venta de medicamentos fuera de las farmacias.

En una primera fase, llevada a cabo desde mediados de febrero, se le notificó a 500 kioscos sobre la norma, dando un plazo de 30 días para que se “deshagan” de esta mercadería, según había anunciado el presidente del Colegio de Farmacéuticos de La Rioja, Jorge Bordón.

No obstante, se pudo constatar mediante un relevameinteo realizado por El independiente Digital que la venta de medicametnos denominados de venta llibre, sigue realizándose en kioscos capitalinos, especilmente en los barrios. La venta solo es resistida en minimarkets y en algunos de los kioscos céntricos.

Cabe destacar que los negocios solo podrán vender previo a dirigirse al Ministerio de Salud y pedir los requisitos para tal fin. Pero este local deberá convertirse en farmacia, con todos los requisitos, entre ellos un director técnico, que es el farmacéutico.

La Ley 17565 sancionada el año pasado que rige a nivel nacional, expresa en sus dos primeros artículos que: "La preparación de recetas y despacho y venta al público de drogas, medicamentos y especialidades farmacéuticas, en todo el territorio de la Nación, solamente podrá ser efectuada por las farmacias, de acuerdo con las prescripciones de la presente ley. Su venta y despacho fuera de estos establecimientos, se considera ejercicio ilegal de la farmacia y sin perjuicio de las sanciones establecidas por esta ley los que la efectúen podrán ser denunciados por infracción al artículo 208 del Código Penal".

La nueva norma derogó el decreto 2284 del año 1991, que había habilitado la venta de productos como los analgésicos, antiácidos y digestivos en locales como quioscos, supermercados y almacenes, los que a partir de ahora tendrán vedada esa actividad.


Fuente: El Independiente

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