El "Procedimiento operativo para la inscripción" al igual que el "Formulario único" que deberán completar los interesados, fue aprobado por Resolución 67/03 del Ministerio de Economía y Producción.
Los datos que presenten los interesados, que recibirán una copia numerada de la intervención del Banco Nación, serán ingresados en ésta entidad. Y entre los documentos a llevar están la fotocopia certificada de la escritura de constitución de hipoteca y la Certificación Judicial del Trámite de Ejecución, cuyo trámite de inscripción es absolutamente gratuito.
Según lo establece el Decreto 247/03, de creación del citado Registro, el plazo de inscripción es de 45 días. Dentro de los 15 días siguientes a la finalización del plazo de inscripción, el Poder Ejecutivo elevará al Congreso de la Nación las medidas que considere convenientes para resolver los casos planteados, las que no podran afectar los derechos de los acreedores ni la situación fiscal del Gobierno Nacional.
Cabe señalar que la autoridad de aplicación para la interpretación del Decreto es el Ministerio de Economía y Producción, en tanto que la Secretaría de Coordinación Técnica es autoridad de aplicación de la Resolución 67/03 del Ministerio.