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 (Información Local)

Exitoso comienzo del operativo del IPV en las 920 Viviendas

El Instituto Provincial de la Vivienda puso en marcha hoy la primera etapa del Operativo de Saneamiento de Títulos de Propiedad de diferentes complejos habitacionales, con el objetivo de que cada familia pueda finalmente obtener la escritura de su vivienda.
( 02/03/2017)

Este proceso que ha demandado un gran esfuerzo por parte del equipo del IPV, y ha contado con el acompañamiento de la Gobernadora Lucía Corpacci, dio inicio durante la primera jornada con el relevamiento de alrededor de 200 viviendas del barrio 920 Viviendas "Huayra Punco", en la Capital.

Personal del IPV se encargó de notificar a los vecinos sobre los trámites, requisitos y plazos a cumplir para obtener las Escrituras de sus viviendas. El operativo tendrá continuidad mañana y pasado de 9 a 12 horas, hasta completar el conjunto de 562 viviendas individuales con que cuenta el barrio.

En una próxima etapa, se continuará con los vecinos residentes en las torres, cuyo proceso de escrituración estará regido por la legislación vigente para propiedad horizontal, como así también con propietarios de otros barrios de la Capital y el interior provincial.

Así pues, esta tarea, aunque lenta y silenciosa, resulta sumamente necesaria para los vecinos que al fin podrán contar con el documento que los declara dueños reales de sus casas.

Largo proceso de regularización dominial

En las 920 Viviendas, el procedimiento consistió en tramitar el traspaso de los inmuebles a nombre del IPV, ya que fueron edificados, en los años '90, en tierras expropiadas por el Estado provincial, aunque nunca habían sido transferidos y por eso continuaban a nombre de sus antiguos dueños.

Después de décadas se logró inscribir estos terrenos a nombre del Estado provincial, y hoy ya cuentan con las Escrituras a nombre del Instituto Provincial de la Vivienda.

El trámite tiene continuidad con los trabajos de mensura, subdivisión y loteos, y definición de calles y espacios verdes, de modo que la planimetría se ajuste a las construcciones reales; y, finalmente, se otorgará la escritura traslativa de dominio a cada uno de los propietarios.

Requisitos a presentar
Junto a la carta con que se notifica a los vecinos que su vivienda se encuentra en condiciones de ser escriturada, se adjunta el detalle de la serie de requisitos que deberán presentar en el IPV para dar inicio a los trámites correspondientes:

CASADOS:
- Fotocopia de DNI (anverso y reverso) de ambos cónyuges - CUIL de ambos
- Fotocopia de acta de matrimonio y de acta de nacimiento de ambos

UNIÓN DE HECHO:
- Fotocopia de DNI (anverso y reverso) de ambos - CUIL de ambos
- Fotocopia de acta de nacimiento de ambos
- Fotocopia de boleto de compraventa de la vivienda
- Fotocopia de sentencia de divorcio, en caso de divorciados
- Certificado de Inscripción de Unión Convivencial, en su caso.

SOLTEROS:
- Fotocopia de DNI (anverso y reverso) - CUIL - Fotocopia de acta de nacimiento

DIVORCIADOS:
Presentar (además de documentación personal para solteros) copia la sentencia certificada por el mismo Juzgado que la dictó, con expresa atribución del bien inmueble. En caso de no constar la liquidación de la sociedad conyugal con la atribución del inmueble en la sentencia: a) sentencia de partición y adjudicación judicial, o b) escritura pública de partición y adjudicación privada o extrajudicial de bienes de la sociedad conyugal.

• EN CASO DE DEFUNCIÓN de TITULAR, COTITULAR o de AMBOS: Copia certificada judicialmente de sentencia de Declaratoria de Herederos: se procederá a venta en condominio en las proporciones de ley. En caso de requerir escrituración a favor de uno o ciertos herederos: adjuntar escritura pública de cesión y/o renuncia de derechos hereditarios.
• En caso de viviendas canceladas: Constancia de Cancelación, expedida por el Dpto. Recupero de Créditos del IPV

Requisitos para escriturar en caso de Situaciones irregulares
• POSEEDOR - DETENTADOR DE LA VIVIENDA: Acta de Entrega de llaves, o contrato de Comodato o Tenencia Precaria (Original y Fotocopia simple)
• CESIONARIO POR CUALQUIER TÍTULO: Original y Fotocopia simple de título en virtud del cual detenta la vivienda (Boleto de compraventa, cesión de derechos y acciones, nota de renuncia de adjudicatario, etc.)
• En caso de carecer de título deberán acreditar la posesión de más de cinco años con impuestos o servicios y/o cualquier instrumento público del que resulte el domicilio sito en la vivienda.
• Documentación personal de acuerdo al estado civil.

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