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Disponen la prohibición de espectáculos que utilicen animales

Una ordenanza que tiene por objeto prohibir espectáculos circenses, permanentes o transitorios, que ofrezcan como atractivo la exhibición y/o participación de animales fue aprobada en la trigésimo quinta sesión ordinaria del Concejo Deliberante de la Capital.
(DIARIOC, 06/12/2011) La norma también abarca a sitios de entrenamiento que ofrezcan con fines comerciales, benéficos o didácticos, ya sea como atractivo principal o secundario la exhibición o participación de animales, cualquiera sea su especie.

La norma fue iniciada por la edil Silvia Fedeli, a cuyo expediente se agregó una propuesta similar realizada por la concejal Amabilia Ortiz.

El proyecto tiene por objeto “asumir una política de protección a los animales basada en el respeto a la vida, prohibiendo los espectáculos circenses con animales de cualquier especie, erradicando los tratos inhumanos a los que son sometidos, tales como castigos corporales y el padecimiento de vivir en cautiverio”.

A lo antes mencionado debe sumarse la falta de condiciones apropiadas para el alojamiento de los animales salvajes y las deficiencias alimentarias.

“La actividad circense puede desarrollarse perfectamente sin la necesidad de incluir en los espectáculos animales salvajes, siendo su erradicación una tendencia mundial”, se sostuvo en la presentación.

Se menciona también en el proyecto a la Declaración Universal de los Derechos del Animal, aprobada por la UNESCU y por la ONU, a la que la comuna de la Capital se encuentra adherida a través de la ordenanza Nº 3760/04. Y que expresa en su artículo 10 que “ningún animal debe ser explotado para el esparcimiento del hombre y que las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirven de los mismos son incompatibles con la dignidad del animal”.

“Es una tendencia mundial que los animales empiecen a desaparecer de los circos. Sabido es que animales tales como leones, elefantes, tigres, etc. sufren en cautiverio y además son sometidos a castigos para entrenarlos. Además, la mayoría de los circos carece de la documentación que pruebe el origen lícito y el estado sanitario del animal”, se añadió.

A los fines de aplicar las sanciones previstas, mediante la presente se incorporará al Código Municipal de Faltas, en su Título V sobre Espectáculos Públicos, el artículo 14 bis, el que quedará redactado de la siguiente manera: “El que organizare un espectáculos circense y no cumpliera con las disposiciones relativas a la prohibición de la exhibición de animales en su función, será sancionado con clausura o multa de cien (100) a quinientos (500) UM”.

La presente ordenanza entrará en vigencia dentro de los 60 días contados a partir de su promulgación.

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