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Lunes 09 de Junio de 2025
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Diputados analizará el proyecto de imponer la reclusión perpetua en casos de femicidio

La comisión de Legislación Penal resolverá si acepta los cambios del Senado al proyecto que modifica el Código Penal, que impone penas de reclusión perpetua a los hombres que asesinen a mujeres.
En la reunión, que se realizará a las 12 en el edificio anexo (Sala 4), los diputados aceptarían los cambios introducidos por los senadores, entre los que se destacan la incorporación como víctimas de "las personas que se consideran a sí mismas con identidad de género femenino".

Además, se aceptará la modificación del Senado en cuanto a la redacción de la norma, por lo que se coloca al delito como figura autónoma y no como agravante de otro, aunque las penas sean las mismas.

La norma incorpora un nuevo artículo al Código Penal, el 80 bis, que establece expresamente que se imponga prisión perpetua al hombre que "matare a una mujer o a una persona que se autoperciba con identidad de género femenino y mediare violencia de género".

La iniciativa también modifica el artículo 80 del Código que es el que impone "reclusión perpetua o prisión perpetua al que matare a su ascendiente, descendiente o cónyuge".

La redacción aprobada el 3 de octubre por el Senado también incluye a "los ex cónyuges, a los convivientes y a los ex convivientes entre las víctimas".

Además, se incorpora el inciso 4 a la norma que incluye, como agravantes, el asesinato cometido "por placer, codicia, odio racial y religioso; y también por odio a la orientación sexual, a la identidad de género o a su expresión".

También se incluye el inciso 11 al artículo 80 del Código Penal como otro agravante al que cometiere el homicidio "con el propósito de causar sufrimiento a una persona con la que se mantiene o ha mantenido una relación" de pareja, en lo que comúnmente se conoce como ´homicidio vinculado´.

El articulado suma un párrafo para incluir las "circunstancias extraordinarias de atenuación" del femicidio según las cuales el juez podrá aplicar prisión o reclusión de ocho a veinticinco años.

Sin embargo, esos atenuantes no podrán ser aplicados a quienes anteriormente hubieran realizado actos de violencia contra la mujer víctima, contra otra mujer o contra una persona que se autoperciba con identidad de género femenino.

La cámara baja había aprobado el proyecto el 18 de abril pasado, tras haber recibido dictamen de la comisión de Legislación penal que preside Oscar Albrieu (Frente para la Victoria-Rio Negro).

Fuente: Télam

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