Catamarca
Jueves 24 de Abril de 2025
Buscar:
 (Información Local)

Defensa del Consumidor atiende en Salta 449

La Dirección provincial de Comercio, recuerda a la población en general que el área de Defensa del Consumidor continúa con la recepción de denuncias y reclamos en su nueva dirección de Salta 449.
(DIARIOC, 05/11/2008) En este sentido, el director del área, Efraín Nieva, remarcó la necesidad de que el usuario de cualquier servicio o producto denuncie cuando se vea afectado en sus derechos.

Las denuncias y reclamos se deben realizar personalmente en las oficinas de la Dirección de Comercio ubicadas en calle Salta 449, en horario administrativo, de manera gratuita, aunque las consultas pueden efectuarse a través de la línea gratuita 0800-777-2580.

El procedimiento

· Efectuada la denuncia por parte del consumidor en la oficina, ésta fija la fecha y la hora para una audiencia de conciliación en la que se cita a las partes a fin de intentar alcanzar un acuerdo.

· El plazo para que sea convocada la primera audiencia es de entre 10 y 15 días, excepto en aquellos casos donde esté en riesgo la salud de las personas (por ejemplo: medicina prepaga) o en el caso de consumidores turistas, dónde se convoca a las partes en un lapso de entre 2 y 5 días.

. Si el denunciante y el denunciado llegan a un acuerdo, se firma un documento conjunto en el que constan los detalles del mismo. Este acuerdo es de cumplimiento obligatorio. En caso de no llegar a un acuerdo, se cierra la instancia conciliatoria y se realiza una imputación a la denunciada por presunta infracción de la ley 24.240. En esta instancia, el consumidor deja de ser parte de las actuaciones.

· El Area Técnica Jurídica recibe el expediente y determina, mediante una resolución, si hubo una infracción a la ley 24.240 (Defensa del Consumidor).

· La empresa denunciada puede recibir una sanción de apercibimmiento o multa. El monto mínimo fijado para una infracción es de $500, y el máximo de $500.000.

· Las resoluciones son apelables ante el poder judicial.

· La multa no es a favor del denunciante, sin perjuicio de ello las actuaciones administrativas pueden servir como prueba para una futura acción judicial particular del consumidor.

(Se ha leido 348 veces.)

Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente https://www.diarioc.com.ar

Compartir en Facebook

Más Noticias:

16-04-2025 Ahora será más fácil saber si un profesional de la salud está inhabilitado
07-04-2025 JUAN JOSÉ PÉREZ, FLAMANTE PRESIDENTE | Nuevas autoridades en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas
18-03-2025 Chaco reduce y elimina impuestos para impulsar el desarrollo económico
18-02-2025 Comenzó la auditoría de Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral
23-01-2025 Casa Activa: un espacio para adultos mayores
23-01-2025 Banco Nación inauguró una nueva sucursal en Villa Dolores para fortalecer el servicio a los vecinos de Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú
22-01-2025 Farberware, la marca de ollas y sartenes más importante de Estados Unidos, llega a Argentina
20-01-2025 Modernización de la navegación argentina: el gobierno nacional simplifica trámites para facilitar la vida de los argentinos
20-01-2025 Joven detenido por estafa tras ofrecer planchita y secador de pelo
20-01-2025 Cambios en el código alimentario argentino para facilitar las importaciones y las exportaciones
Sitemap | Cartas al Director | Turismo Catamarca | Contacto | Tel. (03833) 15 697034 | /www.diarioc.com.ar 2002-2025