En el instrumento rubricado por la intendenta Soria destaca que la convocatoria a elecciones para los cargos de dos concejales titulares y de dos suplentes se realiza conforme a los artículos 152 y 155, y que el procedimiento a tener se cuenta será conforme al artículo Nº 156 de la Carta Orgánica Municipal que establece que cuando para la renovación parcial del Concejo Deliberante deban elegirse dos concejales, una banca corresponderá a la fuerza política que hubiere obtenido la mayor cantidad de votos y la otra a la primera minoría.