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Jueves 24 de Abril de 2025
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Concejales modifican ordenanza sobre la entrega de carnet para conducir

En la 22º sesión ordinaria, los ediles capitalinos dieron sanción a una ordenanza, iniciada por Intendencia, por la que se dispone derogar la visación anual del carnet de conductor y la entrega de permisos provisorios para conducir, ambos regulados a través del artículo 40 de la ordenanza 4979/10.
(DIARIOC, 07/09/2011) En los fundamentos de la presentación, se recordó que el municipio adhirió a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 (a sus decretos reglamentarios  Nº 179/95 y Nº 779/95) y a la Ley Nº 26.363; instrumentos que no contemplan la visación anual ni la figura del permiso provisorio para conducir, ambos contemplados a través de la ordenanza 4979/10, bajo el título de “Contribución que incide sobre los rodados”, cuya sanción ante el incumplimiento se encuentra determinada en el artículo 165 del Código Municipal de Faltas (ordenanza 3306/99). Provocando, de este modo, una clara contradicción entre la normativa nacional imperante en la materia y la ordenanza impositiva municipal.

Luego de aprobada la presente, el artículo 40 de la ordenanza 4979/10 quedará redactado de la siguiente manera: “Por el otorgamiento de carnet de conductores, se abonará de acuerdo a la siguiente escala:

a-      Carnet de conductores de vehículos automotores en general, excepto motos. $ 140,00.
b-     Carnet de conductores de motos, motonetas y ciclomotores. $ 105,00.
c-      Carnet profesional. $175,00.
d-     Carnet profesional extendido a conductores de vehículos pertenecientes a la Policía de la Provincia de Catamarca y a la Municipalidad de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca. $53,00.
e-      Duplicados de carnet otorgados. $70,00.-

Los importes consignados en los incisos a, b y c corresponden al mayor plazo de duración posible de la licencia, debiendo proporcionarse en función de la duración específica en cada caso.
Mediante la presente modificatoria, el artículo Nº 165 de la ordenanza Nº 3306/99-Código Municipal de Faltas- quedará redactado de la siguiente forma: “El que circulare con licencia de conducir caduca, será sancionado con apercibimiento de multa de diez (10) a sesenta (60) UM”.

Por su parte, cada Unidad de Multa (UM) actualmente tiene un valor de 10 pesos.

Es importante agregar que la normativa que regula el otorgamiento de la nueva Licencia Nacional de Conducir, que ya entró en vigencia en la Municipalidad de SFVC, tiene como objetivo primordial lograr la unicidad en el contenido y características de dicho instrumento para todo el país, y tampoco prevé la visación anual ni la figura del carnet provisorio de circulación.

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