Catamarca
Jueves 24 de Abril de 2025
Buscar:
 (Información Local)
DIPUTADOS

Aprobaron modificación parcial de la Ley Provincial 3.122

En el marco de la décima novena sesión, la Cámara de Diputados dio media sanción a un proyecto de ley iniciado por la diputada Liliana Barrionuevo(Es Posible) que propone la modificación parcial de la ley provincial Nº 3.122, Estatuto del Docente Provincial.
(DIARIOC, 03/11/2009)El proyecto de ley propone abrogar del artículo 3º inciso b) de la ley Nº 3.122 la expresión “…al que desempeña funciones públicas electivas…”, por ser incompatible la misma con el goce y el ejercicio de todos los derechos civiles y políticos inherentes a la condición de ciudadano, resguardados por la Constitución Nacional y la Constitución de la provincia, y que el artículo 6º inciso j) de la ley Nº 3.122 garantiza para todos los docentes.
Señala también que los docentes que en uso de los derechos conferidos por la ley Nº 3.122, desempeñaran funciones públicas electivas, mantienen la categoría de activos que establece la norma de referencia, debiendo los organismos de aplicación, durante el ejercicio de dicha función, conservar el último concepto que le fuera aplicado en el ejercicio de la actividad docente.

La autora al fundamentar el proyecto dijo que “la toma de conciencia de las competencias necesarias que requiere un docente en la actualidad para enseñar, proyectar, dirigir, supervisar, orientar, corregir, ya no son las mismas que requerían antes cuando cada institución cumplía y desarrollaba su función social específica, hoy requiere un conocimiento mucho más amplio, más complejo porque no sólo se limita a atender lo educativo sino que va más allá por la crisis social en la cual también está inserta la escuela”.

Expresó que “la normativa que determina los derechos y deberes de los docentes es la ley 3.122 que en su artículo 6º inciso j) establece el goce y el ejercicio de todos los derechos civiles y políticos inherentes a la condición de ciudadano, acorde con los postulados incorporados en la Constitución Nacional y en la Constitución Provincial sobre dicha materia, que la norma de mención sin embargo al tiempo de categorizar el estado docente a través del articulo 3º, determina la calidad de activo y pasivo definiendo como pasivo al que desempeña funciones públicas electivas en su inciso b) perjudicando a los mismos al tiempo de retornar a su actividad docente una vez concluido su mandato, por cuanto al carecer de concepto profesional le provoca un retroceso en el listado de orden de mérito con el perjuicio que conlleva en su carrera”.

Por último señaló que “es necesario modificar la norma en cuestión porque es incoherente que la función legislativa sea comparada o considerada pasiva como se considera al agente que está enfermo y que la junta médica determinó su pasividad o que adquiera ese carácter por ser separado del cargo ante sumario”.

(Se ha leido 130 veces.)

Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente https://www.diarioc.com.ar

Compartir en Facebook

Más Noticias:

16-04-2025 Ahora será más fácil saber si un profesional de la salud está inhabilitado
07-04-2025 JUAN JOSÉ PÉREZ, FLAMANTE PRESIDENTE | Nuevas autoridades en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas
18-03-2025 Chaco reduce y elimina impuestos para impulsar el desarrollo económico
18-02-2025 Comenzó la auditoría de Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral
23-01-2025 Casa Activa: un espacio para adultos mayores
23-01-2025 Banco Nación inauguró una nueva sucursal en Villa Dolores para fortalecer el servicio a los vecinos de Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú
22-01-2025 Farberware, la marca de ollas y sartenes más importante de Estados Unidos, llega a Argentina
20-01-2025 Modernización de la navegación argentina: el gobierno nacional simplifica trámites para facilitar la vida de los argentinos
20-01-2025 Joven detenido por estafa tras ofrecer planchita y secador de pelo
20-01-2025 Cambios en el código alimentario argentino para facilitar las importaciones y las exportaciones
Sitemap | Cartas al Director | Turismo Catamarca | Contacto | Tel. (03833) 15 697034 | /www.diarioc.com.ar 2002-2025