Catamarca
Jueves 24 de Abril de 2025
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 (Información Local)

Apertura de temporada de pesca deportiva en río 2009/10

La Subsecretaría del Ambiente mediante disposición informa que la temporada de pesca deportiva para ríos 2009/2010 se encuentra habilitada en todo el territorio provincial a partir del pasado 1º de Noviembre del corriente año y con vigencia hasta el domingo de Semana Santa del 2010.
(DIARIOC, 19/11/2009) La temporada se regulará por la Disposición Nº238                                                                        
Se autoriza el otorgamiento de Permisos (carnet) de Pesca Deportiva a personas mayores de 14 años. Los Menores de 14 años podrán pescar acompañados por sus padres o tutores quienes obligatoriamente deberán poseer Permisos (carnet) de Pesca, habilitando su uso únicamente para los días viernes, sábados, Domingos y feriados nacionales o provinciales.  Dichos menores no podrán tener otro cupo de piezas, solo aportar piezas al límite (cupo) correspondiente al padre o tutor autorizado.                                                            

El cupo por pescador es de 3 piezas de un mínimo de 30 cm.

Infracciones y penalidades

1) Multa de $2.000 y suspensión por un año del permiso de pesca:

- Por emplear elementos y artes masivas de pesca no permitidas: redes, trampas, carburo, cal, explosivos, sustancias contaminantes, etc.

- Por desviar cursos de agua y otras alteraciones de los cuerpos de agua.

2) Multa de $1.500 y suspensión por seis meses de permiso de pesca:

-Por introducir especies exóticas o sembrar cuerpos de agua sin autorización.

Por comercializar los productos de pesca sin autorización.

3) Multa de $ 800 y suspensión por tres meses del permiso de pesca:
- Por pescar excediéndose en el límite de piezas habilitado
- por pescar en épocas y zona de veda no permitidas
4) Multa de $ 400 y suspensión por un mes del permiso de pesca:
- Por pescar o intentar pescar sin el permiso de pesca o este vencido.

- Por pescar peces de talla menor a lo establecido.

- Por pescar con anzuelos o carnadas no permitidos, o con más de dos cañas por pescador.

- Por entorpecer o impedir tareas de fiscalización.

(Desde el 1º de Noviembre del 2009 hasta el domingo de Semana Santa de 2010 inclusive. Se permite un máximo de una caña por pescador. El carnet anual para diques es valido para esta actividad)
Para requisitos y acceder al carnet dirigirse a la Subsecretaría del Ambiente de Catamarca, en el Pabellón Nº8 de la CAPE (Ex Regimiento).

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Se permite la reproducción de esta noticia, citando la fuente https://www.diarioc.com.ar

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