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Conflicto por expropiación de terrenos

Aclaran sobre viviendas del IPV en Tapso

El Gobierno de la provincia, días a tras, anunció la construcción de las primeras 30 viviendas, en la localidad de Tapso (El Alto), lo cual fue cuestionado por una vecina de ese lugar, manifestando la expropiación del terreno en donde se levantarán las mismas, la Provincia nunca pagó y “ni siquiera notificó como corresponde” al propietario, que es su padre.
(DIARIOC, 09/03/2008)  Los terrenos que fueran expropiadas por la Municipalidad de Tapso, para la construcción de las primeras 30 viviendas a través del IPV, pertenecían a la Asociación de Productores del Este. Dicha comisión, que esta integrada entre otros, por Camilo Marenco y Ticat, fueron los encargados de entregar los papeles que acreditaba el dominio de estas tierras y que permitieron finalmente que, a través de una ley aprobada en Legislatura Provincial, la comuna pueda acceder a la utilidad de las tierras

Precisamente Ticat confirmó que hace unos siete años atrás, la asociación compró estas tierras al señor Argentino Mercado, que serían destinados al uso de la entidad. Posteriormente, la comuna inicia los trámites para la utilización de esas tierras de utilización pública, para lo cual realizan todos los trámites necesarios para ceder las mismas.

Cabe recordar, que María Aurelia Mercado, aseguró que la expropiación del terreno fue “irregular” y  calificando de un “despojo”. El inmueble en cuestión está registrado con el padrón nº 3241 en la Administración General de Catastro a nombre de Argentino Mercado (el padre de la mujer), Julio César Annischini, María Adela Gilardet de Tapia y otros. Aurelia Mercado aseguró que el terreno quedó con posesión firme hace años para su familia, y que una parte fue la expropiada por un proyecto de la municipalidad para construir viviendas sociales.

Originalmente, por medio del decreto 1622 de la Ley 5125, publicado en el Boletín Oficial en octubre de 2004, el Gobierno decidió expropiar el inmueble de Tapso identificado por el padrón nº 3017 y otro identificado por el nº 3241. El decreto contenía datos erróneos, como mencionar que en este último había un edificio que sería restaurado “preservando su valor arquitectónico y se destinará para la realización de actividades culturales y sociales de la comunidad”. El terreno, sin embargo, no cuenta con ninguna construcción.

La equivocación motivó que en enero de 2005, se publicara un segundo instrumento, la Ley 5147-decreto 10, que modificaba el anterior y que ya no hablaba de ninguna construcción.

El trámite avanzó y se cumplieron distintos aspectos formales, pero no el más importante: Mercado asegura que nunca le informaron y mucho menos, pagaron por la propiedad.

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