Catamarca
Jueves 24 de Abril de 2025
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 (Información Local)
Ley con media sanción en el Senado

Los nietos de afiliados de la OSEP hijos de madres sociales tendrán cobertura

La Cámara de Senadores dio media sanción a un proyecto de ley mediante el cual se agrega un inciso a la Ley Provincial Nº 3509 de la Obra Social que entre los beneficiarios de la Obra Social a los nietos de beneficiarios recién nacidos, hijos de madres solteras, menores de 21 años.

El senador Daniel Saadi, autor del proyecto, sostuvo que “en muchas sociedades actuales existe un cuerpo legal que elimina la discriminación hacia las madres solteras y sus hijos e incluso algunos gobiernos nacionales y países del tercer mundo, cuentan con programas de ayuda institucionalizada, para hogares donde las madres son las jefas que incluyen ayuda estatal, becas de estudio para los hijos, créditos bancarios para que las mujeres inicien pequeñas y medianas empresas y otros”. El proyecto de ley aprobado en el Senado conlleva a la modificación parcial de la Ley Provincial Nº 3509 y tiende a incluir entre los beneficiarios de la Obra Social a los nietos de beneficiarios, hijos de madres solteras. “Existen mujeres que deben enfrentar su maternidad sin la compañía de su pareja, ausentes a veces por decisión propia y otras por circunstancias ajenas a su voluntad. Esas situaciones de soledad devienen en momentos en los que precisamente más necesitan ser sostenidas material y espiritualmente por quienes la rodean. El embarazo asumido por cada una de ellas habrá o no sido planeado, pero es frecuente que a veces el padre del recién nacido se aleje de su vida u otras que no habiéndolo hecho, no cuente con posibilidades de brindar a su hijo la cobertura social que el recién nacido es merecedor”, indicó el senador de Pomán al fundamentar la iniciativa.

Dijo además que cada día es más común que una mujer decida establecer una familia sin la presencia de un hombre y cada día la opinión de la sociedad, en torno al tema, se vuelve más abierta y receptiva.

Consideró que si la parturienta soltera, menor de edad, afiliada como obligatoria indirecta por incorporación que de ella hizo su padre como titular obligatorio directo de la Administración Pública provincial se encuentra cubierta por los beneficios sociales, bien pueden extenderse los mismos a sus hijos recién nacidos, sin aportes ni carencias y con la sola obligación de satisfacer el pago de coseguros de las prácticas que solicita, por el tiempo mínimo necesario para que estos sean incorporados a otros supuestos de afiliación con lo que la misma obra social pone a su disposición.

“Este supuesto es el de los menores a cargo (incisos previsto dentro de la categoría de beneficiarios voluntarios), al que podría el recién nacido acceder por incorporación que de él hicieran sus abuelos u otras personas que la tomaran a su cargo, previo cumplimiento de los requisitos necesarios que a tal efecto se determinan”, señaló.

Agregó luego que la Obra Social de los Empleados Públicos, atiende en la actualidad los neonatos durante los primeros momentos del parto o cesárea y esa atención se extiende durante los primeros momentos de sus vidas, en un promedio aproximado de dos días y medio, “es decir que no se encuentran desprotegidos”. “Pero -advirtió- suelen suceder complicaciones como en los casos de nacimientos prematuros, malformaciones congénitas, bilirrubinemia, problemas cardíacos - respiratorios, etc., que hacen necesaria una cobertura más extensa aún de las que actualmente se les brinda. La indigencia, en esos casos puntuales de patologías, no resulta alta según las estadísticas existentes, por lo que la atención no significaría una alta erogación económica para la Obra Social”, enfatizó.


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