Según la Cámara, no están obligados a votar "aquellos que se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación", que deberán comprobar el hecho consiguiendo un certificado en las comisarías del lugar.
En tanto, "quienes se encuentren enfermos deben justificar la ausencia con un certificado médico emitido por un hospital público o, de no poder movilizarse, por un médico particular", que deberá ser presentado dentro de los 60 días posteriores a la elección.
Se explicó que los menores que no figuran en el padrón y que, por lo tanto, no votarán en estas elecciones, es porque "no realizaron la actualización de los datos identificatorios obligatoria a partir de los 14 años antes del 30 de abril de 2013, fecha de cierre del padrón provisorio, o porque la información no fue remitida por el Registro Nacional de las Personas a la Cámara Electoral para su inclusión".
Fuente: Télam