- No existe ningún instrumento formal a nivel provincial que estipule la incorporación del Fondo de Incentivo a la Productividad al sueldo básico, tal la demanda sindical. Tampoco lo estipula la ordenanza respectiva sancionada al año pasado por el Concejo Deliberante de San Fernando del Valle de Catamarca. En consecuencia, no hay incumplimiento alguno en la materia por parte de esta gestión municipal.
- En el Presupuesto 2005 de la Municipalidad aprobado por el Concejo Deliberante no está contemplada ninguna precisión para atender eventuales aumentos salariales, por lo que cualquier modificación en este punto está supeditada a las decisiones que adopte en el futuro el gobierno de la provincia atinentes a garantizar flujos de recursos que posibiliten afrontarlos. Además, la adecuación de la política salarial municipal a las pautas provinciales no es sólo derivación de una lógica de finanzas públicas, sino también consecuencia de compro! misos formales asumidos oportunamente en el marco de la conciliación obligatoria celebrada en ámbitos de la Dirección provincial de Trabajo por el municipio y el sindicato. El mismo compromiso quedó establecido en un acuerdo anterior firmado entre la Municipalidad y el gobierno provincial.
- Tal cual lo establece la ordenanza sancionada el año pasado por el Concejo Deliberante, para percibir el Fondo de Incentivo a la Productividad es necesaria la real prestación de servicio de los empleados, por lo que quienes adhieran a la medida de fuerza no podrán acreditar tal condición.