Catamarca
Jueves 24 de Abril de 2025
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 (Información Local)

Polti sigue como Intendente de Recreo

Una de las dudas que se generó a partir de la condena impuesta al Dr. Daniel Polti, es cómo quedará la situación institucional en la Municipalidad de Recreo. Según la Constitución Nacional, una persona con una condena firme no puede ejercer cargos públicos, aunque en este caso, el fallo no ha quedado firme todavía y se descarta que los abogados de Polti apelen la casación para revertir la condena en la Corte de Justicia.
(DIARIOC, 02/01/2011) En este contexto, Polti seguirá al frente de la comuna; y si hubiera algún motivo para desplazarlo, debería ser reemplazado por el Relevo Eventual del Intendente, designado oportunamente, por el Concejo Deliberante, que sería la concejal Patricia Sánchez.

Según fuentes bien informadas, el próximo 11 de enero se leerán los fundamentos de la condena e inmediatamente se dará participación a la Corte de Justicia Provincial.

Lo que establece la Carta Orgánica Municipal

En el Título IX, la Carta Orgánica de la Municipalidad de Recreo, habla de las “Responsabilidades de las Autoridades, de los Funcionarios y de los Empleados” y en el Capítulo 1, Articulo Nº 163 dice claramente: “Si se le imputase al intendente y/o concejales delito penal doloso y/o culposo de incidencia funcional, se procederá de la siguiente manera: Una vez dictado el auto de procesamiento y estando firme el mismo o una vez dictada sentencia condenatoria y estando firme la misma, se procederá en virtud de los dispuesto por el Artículo 204 inc 2 y 260 de la Constitución Provincial, siguiendo el procedimiento indicado en la Ley 4702, es decir Atrs. 623 bis, 623 ter y 623 quáter del Código de Procesamiento Civil y Comercial de la Provincia.

El intendente y/o los concejales no podrán ser suspendidos ni separados del ejercicio de sus funciones, sino sólo y únicamente en el caso de existir sentencia condenatoria y estando firme la misma. (La Voz de Recreo)

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