Catamarca
Jueves 24 de Abril de 2025
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 (Información Local)

Piden cumplimiento de la Ley 24.449 y de la Ordenanza 3351/00

Tomó estado parlamentario en el CD capitalino un proyecto de Comunicación que solicita al Ejecutivo municipal, a través de la Policía Municipal y a los Juzgados Municipales de Faltas, que procedan a dar estricto cumplimiento a los recaudos legales impuestos por el ordenamiento jurídico vigente al hacer efectivo el secuestro de vehículos -automotores o ciclomotores- en los controles de tránsito que se llevan a cabo en la vía pública.
(DIARIOC, 10/04/2012) El presente proyecto fue presentado por el presidente del CD, Simón Arturo Hernández, y se impulsa “en aras de evitar abusos en la aplicación indiscriminada de tales medidas extremas, como son los secuestros de vehículos; que puedan resultar violatorias de los derechos y garantías de rango constitucional”.

Al respecto, la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449 (a la cual está adherida la Municipalidad de SFVC mediante la Ordenanza Nº 3351/00) establece en su artículo 3º “La garantía de libertad de tránsito”, plasmada en la prohibición de retener o demorar al conductor, a su vehículo, a la documentación de ambos y/o licencia habilitante por cualquier motivo, salvo los casos expresamente contemplados por la ley u ordenados por juez competente”.

Y se agrega que “la libertad de circulación es un derecho establecido en el artículo 14 de la Constitución Nacional cuya restricción debe estar previamente reglamentada por la normas para no conculcar esta garantía reconocida en nuestro ordenamiento supremo”.

Una vez aprobada la presente norma, se hará entrega a los Juzgados Municipales de Faltas Nº 1 y 2, respectivamente.

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