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Jueves 24 de Abril de 2025
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Regalías mineras

Proponen crear unidad de asesoramiento, evaluación, seguimiento y control de proyectos de inversión

En las comisiones de Hacienda y Finanzas y Obras y Servicios Públicos de la Cámara de Diputados, se encuentra radicado para su correspondiente estudio el proyecto de resolución, que dirigido al Poder Ejecutivo Provincial expresa el anhelo de esta Cámara para que, en ámbitos de la Subsecretaría de Asuntos Municipales, dependiente del ministerio de Gobierno y Justicia, se cree una unidad destinada al asesoramiento técnico, evaluación, seguimiento y control de los proyectos de inversión económica para el financiamiento de obras de infraestructura para el desarrollo económico y la capacitación para las actividades productivas, en el marco de la ley 5128 de regalías mineras, distribución y administración de los fondos recaudados por este concepto. El autor de esta iniciativa es el diputado Víctor Castillo(FCyS).

Castillo, manifiesta en sus fundamentos que su proyecto "tiene por objeto expresar que es anhelo de esta Cámara de Diputados que, en el marco de la vigencia y aplicación de la ley 5128 de regalías mineras, exista un órgano, una unidad, un organismo específico para la evaluación de las distintas etapas del proyecto de inversión para el financiamiento de obras de infraestructura para el desarrollo económico y la capacitación de las actividades productivas".
"Ello –prosiguió-, en virtud de que en la aplicación práctica de la ley de mención se ha podido detectar el vacío que existe en cuanto al modo, al procedimiento en su aplicación por parte de los municipios", y considera que por ese motivo "se hace necesario que esta expresión de anhelo se vea plasmada en la creación de una unidad destinada al asesoramiento técnico, evaluación, seguimiento y control de los proyectos de inversión, que funcionará en el ámbito de la subsecretaría de Asuntos Municipales, dependiente del ministerio de Gobierno y Justicia".
Seguidamente, menciona que "la ley 5128 de regalías mineras, distribución y administración de los fondos recaudados por este concepto, más conocida como ‘distribución secundaria de las regalías mineras’, otorga a los municipios facultades para manejar esos fondos, pero por otra parte algunos de ellos no cuentan con las condiciones técnicas para la elaboración, formulación, desarrollo y evolución de los proyectos de inversión que deberían presentar".
Finalmente, señal que "el organismo a crearse debe también tener una fluida relación con el Tribunal de Cuentas, como organismo auditor de contralor y autoridad de aplicación de la ley 5128".

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